CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE Y ELECCIONES A LA COMISIÓN EJECUTIVA DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE DIETISTAS-NUTRICIONISTAS

ACCEDER A LA CONVOCATORIA DE ASAMBLEA CONSTITUYENTE Y ELECCIONES ENVIADA A LOS 16 COLEGIOS DE DIETISTAS-NUTRICIONISTAS DE ESPAÑA

ACCEDER AL COMUNICADO A LAS PERSONAS COLEGIADAS INFORMANDO DE LA HOJA DE RUTA TRAZADA Y DE LOS ANTECEDENTES. 

Preámbulo

PRIMERO. En octubre de 2014 se aprueba la Ley 19/2014, de 15 de octubre, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas- Nutricionistas, que indica que en 2 meses se constituirá la Comisión Gestora para redactar unos Estatutos provisionales antes de 6 meses.

SEGUNDO. El 14 de marzo de 2015 la Comisión Gestora, formada por todos los Colegios existentes, se reúne en Zaragoza, aprueba los Estatutos Provisionales que se remiten al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y ratifica a la representante de la Comisión Gestora.

TERCERO. Los Estatutos Provisionales, que pasaron el control de legalidad tras su revisión y enmiendas por el Ministerio en diciembre de 2018, se publican en febrero de 2019 mediante la orden ministerial SCB/85/2019, de 16 de enero, para que sirvan de instrumento de funcionamiento del Consejo hasta que se publiquen los Estatutos definitivos.

CUARTO. Transcurridos 3 años sin que el Ministerio publicara los estatutos provisionales, 7 colegios deciden redactar unos nuevos estatutos, diametralmente distintos a los que ellos mismos aprobaron en 2015, para enviarlos al Ministerio para su publicación, pero éste no les reconoce como comisión gestora, ya que la original ya había depositado los estatutos en marzo de 2015. Adicionalmente en diciembre de 2017 la representante de la Comisión Gestora, deja de ser presidenta del Colegio al que representaba, entidad que pidió que la representación de la Comisión Gestora recayera en la nueva representante del Colegio.

QUINTO. El 12 de febrero de 2019, el grupo de 7 colegios disidentes convoca Asamblea Constituyente para el 1 de marzo y acordó de modo ajeno a la ley 19/2014 de creación del consejo y los estatutos provisionales publicados en la Orden ministerial SCB/85/2019, modificar el proceso electoral, de acuerdo a la propuesta estatutaria que presentaron ante el ministerio, pero que éste rechazó, es decir:

  • Se hizo con posterioridad a una convocatoria que cumplía con los requisitos estatutarios recogidos en los artículos 6, 12 y 13.
  • Siguió un proceso electoral no recogido en la Orden Ministerial.
  • Modificó los plazos establecidos en los artículos 12 y 13 de los estatutos de la Orden SCB/85/2019, de 16 de enero.
  • Dio un plazo de 12 días hábiles cuando son 60 los establecido en el artículo 13.1 de los estatutos provisionales de la Orden SCB/85/2019, de 16 de enero, imposibilitando de este modo la presentación de candidaturas alternativas en el marco de un proceso democrático.
  • No se comunicó a todas las personas colegiadas, según indican los artículos 12.2 y 12.3 de la Orden SCB/85/2019, de 16 de enero, vulnerando así los derechos de todo el colectivo.
  • Decidieron no aplicar la limitación del artículo 12.4 relativo a que no podrán formar parte de la Comisión ejecutiva tres o más personas que sean propietarios o ejerzan cargos directos o tengan intereses económicos directos o indirectos en una misma persona/entidad jurídica privada.
  • Vulneraron los derechos del Colegio del Principado de Asturias, al estar basada en una decisión tomada antes de la creación de este colegio.

Por todo lo anterior, esta entidad con CIF Q4601477E es nula de pleno derecho, por no haberse constituido por la via del derecho indicada en Ley 19/2014, de 15 de octubre, de creación del Consejo y la Orden SCB/85/2019, de 16 de enero, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General.

SEXTO. El 3 de febrero de 2019 la mitad de los colegios existentes convocan la asamblea general constituyente y elecciones a la comisión ejecutiva, para el 30 de abril, cumpliendo con los plazos y premisas establecidos en la orden ministerial. Esta convocatoria fue impugnada por varios colegios porque en ella aparecía también la firma de la representante de la comisión gestora, que en ese momento ya no era representante de un colegio. Los contenciosos administrativos interpuestos ya disponen de sentencias firmes, siendo una a favor del proceso democrático de constitución de la Asamblea General y el resto que declaran nula la convocatoria.

SÉPTIMO. Para acatar las sentencias el proceso debe retrotraerse al momento anterior a esa convocatoria declarada nula, es decir, a recuperar la Comisión Gestora, solicitando la representación de todos los Colegios, para convocar una nueva Asamblea General Constituyente y crear de nuevo los órganos de gobierno del Consejo General.

Por todo ello

En virtud del artículo 6.1 de los Estatutos provisionales del CGCODN publicados en Orden Ministerial SCB/85/2019, de 16 de enero, la Comisión Gestora reunida el 28 de julio de 2023, acuerda convocar Asamblea General Constituyente y elecciones a la Comisión Ejecutiva a los efectos de que queden constituidos de forma definitiva los órganos de Gobierno, conforme a lo dispuesto en la orden ministerial, delegando en el presidente del Colegio de Dietistas-Nutricionistas de Illes Balears el envío de dicha convocatoria.


 

CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA COMISIÓN EJECUTIVA DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE DIETISTAS-NUTRICIONISTAS.

La Comisión Gestora reunida el 28 de julio de 2023 acuerda CONVOCAR elecciones a la Comisión Ejecutiva. Esta comisión informará al Ministerio de la constitución de los órganos de gobierno según disposición segunda de la Orden SCB/85/2019, de 16 de enero.

Se convoca a todas y todos los/as dietistas-nutricionistas colegiadas/os del país a concurrir a las elecciones a la Comisión Ejecutiva del Consejo General, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria y en los Estatutos Provisionales publicados a través de la Orden Ministerial SCB/85/2019, de 16 de enero, que se puede leer íntegramente haciendo clic en el siguiente enlace https://www.boe.es/boe/dias/2019/02/02/pdfs/BOE-A-2019-1391.pdf

Todos los Colegios Oficiales/Profesionales de Dietistas-Nutricionistas de España harán pública la presente convocatoria en su página web y a través de los canales oficiales de comunicación con sus colegiadas y colegiados.

REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA

Lista de personas con derecho a voto.

La Comisión Ejecutiva será elegida por votación secreta directa o por correo en la que participarán los/as presidentes/as, Decanos/as o en su caso por quien estatutariamente los sustituya según la previsión del artículo 9.2 de la Ley 2/1974 de 13 de febrero sobre Colegios Profesionales, y además dos miembros de cada Colegio Oficial que ejerzan de representantes en la Asamblea General, los cuales serán designados por cada Junta de Gobierno correspondiente.

Con el fin de dar cumplimiento al artículo 13.1 de los Estatutos Provisionales y disponer del listado de personas con derecho a voto, se abre un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente de esta convocatoria, es decir, el 11 de agosto de 2023, para que todos los Colegios remitan a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. la designación de las tres personas que tendrán derecho a voto por parte de su colegio, de las que una estatutariamente será el/la presidente/a o decano/a o en su caso por quien estatutariamente lo/la sustituya según la previsión en el artículo 9.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero sobre Colegios Profesionales. En la designación se deberá incluir el nombre, apellidos, DNI y dirección de correo electrónico donde recibir copia de las notificaciones.

Lista provisional de personas con derecho a voto

Listado de presidentes/as, decanos/as de Colegios Oficiales/Profesionales de Dietistas- Nutricionistas, a la espera de completar la lista con los 2 miembros más designados por cada Junta de Gobierno correspondiente:

  • Giuseppe Russolillo Femenías (Colegio de Navarra)
  • Manuel Moñino Gómez (Colegio de Illes Balears)
  • Alba María Santaliestra Pasías (Colegio de Aragón)
  • María del Mar Navarro López (Colegio de Castilla La Mancha)
  • Ingortze Zubieta Aurteneche (Colegio del País Vasco)
  • Luis Cabañas Alite (Colegio de la Comunidad Valenciana)
  • Luis Hidalgo Abenza (Colegio de la Región de Murcia)
  • Jose María Capitán Gutiérrez (Colegio de Andalucía)
  • Roser Martí Cid (Colegio de Cataluña)
  • Naiara Carretero Lozano(Colegio de Castilla y León)
  • Maria González Rodríguez (Colegio de Galicia)
  • Pablo Martínez Tielve (Colegio de Cantabria)
  • María Luján Soler Santoro (Colegio de la Comunidad de Madrid)
  • Luis Frechoso Valenzuela (Colegio del Principado de Asturias)
  • Eva Mª Pérez Gentico (Colegio de La Rioja)
  • Berta Pinto Robayna (Colegio de Canarias)

Presentación de candidaturas.

Se establecerán listas cerradas a la Comisión Ejecutiva indicando claramente los cargos a los que aspira cada uno de los integrantes de la lista cerrada y al menos 3 suplentes.

Las listas candidatas a la Comisión Ejecutiva procurarán en la medida de lo posible representar los distintos ámbitos de actuación del dietista-nutricionista.

Las listas candidatas deberán representar como mínimo a 5 colegios autonómicos.

Los candidatos deberán cumplir lo establecido en los artículos 12 y 13 de los Estatutos Provisionales:

Artículo 12.2 “La Presidencia del Consejo General será la Presidencia de la Comisión Ejecutiva, sin más requisito que poseer el título oficial en Nutrición Humana y Dietética (Real Decreto 433/1998 de 20 de marzo y Orden CIN/730/2009, de 18 de marzo) con una antigüedad de cinco años o más, y no hallarse sancionado disciplinariamente por resolución firme del Colegio o del Consejo General, ni incurso en incompatibilidades previstas en la Ley de Colegios Oficiales y encontrarse al corriente de sus obligaciones con el respectivo Colegio“.

Artículo 12.3 “Para los demás cargos de la Comisión Ejecutiva serán elegibles los colegiados de todos los Colegios, sin más requisito que poseer desde hace más de dos años el título oficial en Nutrición Humana y Dietética (Real Decreto 433/1998 de 20 de marzo y Orden CIN/730/2009, de 18 de marzo), que se encuentren al corriente de sus obligaciones con su respectivo Colegio, y ostenten la titulación, especialidad o situación específica que corresponda al cargo al que concurran. No deberán hallarse sancionados disciplinariamente por resolución firme del Colegio o del Consejo General, ni incursos en ninguna de las incompatibilidades previstas en la Ley de Colegios Profesionales”.

Procedimiento electoral: plazos y constitución de la mesa electoral.

En ausencia de sede del Consejo General, siguiendo lo establecido en los Estatutos Provisionales las candidaturas habrán de registrase dentro de los 30 días hábiles siguientes a la convocatoria de elecciones, es decir, hasta el 13 de septiembre de 2023, en la sede del Colegio de Illes Balears, sito en Carrer d’Enric Alzamora, 6, 3º, 07002 Palma, Illes Balears.

Dentro de los 5 días hábiles siguientes, se remitirán por correo postal o electrónico las candidaturas admitidas junto con las papeletas del voto por correo y dentro de los 15 días hábiles siguientes se podrá emitir el voto por correo postal que deberá remitirse a la sede de Codine / Edineo: Avda. Madariaga nº 1, 3º (Centro Regus). 48014, Bilbao

Día y hora de celebración de las elecciones.

  • Fecha: jueves 26 de octubre de 2023
  • Hora de inicio: 18.30 horas (17.30 de Canarias).
  • Hora de fin: 19.00 horas.
  • Lugar: Avda. Madariaga nº 1, 3º (Centro Regus). 48014, Bilbao

Los votos deberán ser emitidos personalmente o por correo. En la mesa se dispondrá de una urna cerrada con una ranura para introducir el voto.

La mesa electoral en el Consejo General estará́ compuesta por las tres Presidencias de Colegios de mayor edad, realizando el más joven de ellos las funciones de Secretaría, y el mayor, las de Presidencia de la mesa.

El acto comenzará haciendo pública por la Presidencia de la mesa electoral, la relación de candidaturas admitidas. En segundo lugar, la Secretaría de la mesa electoral volcará los votos recibidos por correo postal. Acto seguido, depositarán sus votos los miembros de la Asamblea General que estén presentes.

Finalizada la votación, y sin interrumpir la sesión, se procederá al escrutinio de los votos, la Presidencia de la mesa electoral proclamará la candidatura electa a la Comisión Ejecutiva, y sus suplentes, levantándose acta a continuación con el resultado del escrutinio.

La comisión gestora remitirá al Ministerio de Sanidad el acta con el resultado de las elecciones y de la constitución de órganos de gobierno, tal y como marca la orden ministerial

Y para que así conste, con fecha 28 de julio de 2023 firma la presente convocatoria la Comisión Gestora del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas.

 

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE DIETISTAS-NUTRICIONISTAS.

La Comisión Gestora reunida el 28 de julio de 2023 acuerda CONVOCAR elecciones Asamblea General Constituyente, órgano soberano del Consejo, siguiendo lo establecido en los Estatutos Provisionales publicados el 2 de febrero de 2019 en la Orden Ministerial SCB/85/2019, de 16 de enero.

La convocatoria de la Asamblea General Constituyente se realiza por un tercio de los miembros de la Asamblea, en virtud de lo establecido en los artículos 6.1 y 6.2 de los Estatutos Provisionales.

Día y hora de celebración de la Asamblea Constituyente:

  • Fecha: jueves 26 de octubre de 2023.
  • En 1ª convocatoria: 18.00 horas. (17.00 de Canarias).
  • En 2ª convocatoria: 18.30 horas.
  • Lugar: Avda. Madariaga nº 1, 3º (Centro Regus). 48014, Bilbao

La celebración de la Asamblea General tendrá lugar el jueves 26 de octubre a las 18,00 horas peninsular en primera convocatoria y a las 18.30 horas en segunda convocatoria en Avda. Madariaga nº 1, 3º (Centro Regus). 48014, Bilbao

El orden del día será el siguiente:

  1. Celebración de las Elecciones a Comisión Ejecutiva
  2. Designación de los miembros de la Asamblea General según lo dispuesto en el artículo 4 de los Estatutos Provisionales, “La Asamblea General. Composición”.
  3. Designación de los miembros del Pleno del Consejo General según lo establecido en el artículo 7 de los Estatutos Provisionales, “El Pleno. Composición”.
  4. Ruegos y preguntas.

Según el artículo 4 de los Estatutos Provisionales, están convocados a esta Asamblea General:

  • La Comisión Ejecutiva existente.
  • Tres miembros de cada Colegio Oficial, los cuales serán designados por cada Junta de Gobierno correspondiente. Para la asistencia en la Asamblea General será requisito indispensable presentar documento oficial del colegio que acredite dicha designación.

Según lo dispuesto en el artículo 6.2 de los Estatutos Provisionales, la Asamblea General quedará válidamente constituida, en primera convocatoria, con la asistencia de la mitad más uno de sus componentes, y en segunda convocatoria, cualquiera que fuera el número de éstos.

Asimismo, ocuparán la Presidencia y Secretaría de la sesión los que lo sean de la Comisión Ejecutiva o quienes en su ausencia legalmente les sustituyan.

Y para que así conste, con fecha 28 de julio de 2023, firma la presente convocatoria la Comisión Gestora del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas.

 

En Palma, Illes Balears, a 31 de julio de 2023

 

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