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Comedores Escolares

 

BOE-A-2025-7659 Real Decreto 315/2025, de 15 de abril, por el que se establecen normas de desarrollo de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros educativos.

 

Los menús escolares deberán estar firmados y supervisados profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética, que en base a la Ley 44/2003 corresponde con el Titulado Universitario en Nutrición Humana y Dietética, formación que capacita para ejercer como dietista-nutricionista en todo España. 

 

24 de junio de 2025

Resolución de la Secretaría Autonómica de la Consejería de Educación y Universidades por la cual se aprueban las instrucciones relativas a las cafeterías de los institutos de educación secundaria y al servicio de comedor escolar de los centros públicos no universitarios

Punto 2ºA, apartado 2. La rueda de menús escolares debe estar firmada, aprobada y avalada por un profesional con formación acreditada, en concreto, con el grado de Nutrición Humana y Dietética.

(anteriores resoluciones – ver más abajo)

Decreto 39/2019, de 17 de mayo, sobre la promoción de la dieta mediterránea en los centros educativos y sanitarios de las Illes Balears, afectado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2019 (BOIB núm. 80, de 15 de junio de 2019).

Esta norma afecta en gran medida a los profesionales que se dedican a la restauración colectiva, y en el ámbito escolar, sustituye a las resoluciones anuales de educación.

Accede aquí al texto completo. 

Accede aquí a la corrección de errores del decreto

Recomendaciones del CODNIB respecto de la aplicación del decreto. 

 

 

IMPORTANTE – EL APARTADO DE ENTORNO ALIMENTARIO ESCOLAR DEL DECRETO DE DIETA MEDITERRÁNEA DEJARÁ DE ESTAR EN VIGOR CUANDO ENTRE EN VIGOR (ABRIL 2026) LA PARTE CORRESPONDIENTE DEL RD 315/2025 DE ÁMBITO NACIONAL

 
Resto de Resoluciones Educación

    IMPORTANTE – plan COVID-19 CURSO 21-22: Resolución conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022

    Otros documentos clave COVID en la gestión de comedores del Sevicio de la Comunidad Educativa del Govern

    Medidas para la prevención de la COVID-19 Servicio de Cocina y Comedor Centros Educativos – CODNIB/FAPA

    Accede aquí al plan y sus anexos

    Aquí – comunicado sobre ampliación del número de monitores y entrega de menú para llevar

    Documento de Consenso sobre Alimentación Saludable y Sostenible en el Primer Ciclo de Educación Infantil – 2025

    Accede aquí a la guía de AESAN


    Iniciativas de interés para la aplicación del Real Decreto de Comedores Escolares

    Esta guía pretende poner ejemplos de buenas prácticas de cumplimiento de diferentes criterios del real decreto en muchos colegios del país demostrando que es posible su aplicación o incluso ser más exigentes, sin que ello suponga un aumento de precio del coste de los menús, así, se presentan ejemplos en relación con: la oferta de alimentos naturales o mínimamente procesados, de productos vegetales y legumbres frescas de temporada y proximidad, de alimentos de producción ecológica, modelos de cocina in situ y acceso a menús especiales por motivos de salud o por motivos éticos o religiosos

     

    Accede aquí a la guía de AESAN

     

     

    Mapa nacional de la alimentación escolar acceso rápido a las guías para comedores escolares.

    Accede aquí a un mapa interactivo con las distintas guías de comedores escolares en España.

    1mapacomedores

    Documento de Consenso – base de muchas de las guías

    codnib

    Este documento de consenso pretende desarrollar esas propuestas incorporando recomendaciones nutricionales para las comidas escolares que incluyan frecuencias indicadas de consumo, información a las familias, atención a las necesidades especiales y criterios para una oferta saludable en las máquinas expendedoras, cantinas y quioscos de los centros educativos.

    Todo el documento aquí.

    Recomendaciones para mejora la calidad de los comedores escolares – Cataluña 2017 (cat) 

    Cuestionario para evaluar la calidad de los comedores escolares . Comunidad Valenciana (es)

     

    ALIMENTACIÓN DE 0 A 3 AÑOS 

    Rango de edad apropiado para la introducción de alimentación complementaria en la dieta del bebé

    La EFSA ha publicado con fecha 12 de septiembre de 2019 la opinión Científica “Rango de edad apropiado para la introducción de alimentación complementaria en la dieta del bebé”, en la que se revisa su opinión de 2009 y se revalúa dicha edad, teniendo en cuenta los efectos sobre la salud, los aspectos nutricionales y el desarrollo del niño.

    No existe una edad precisa a la que se deba introducir alimentación complementaria en general a todos los niños europeos, sino que va a depender de las características y desarrollo de cada niño en particular.

    No hay evidencia de que el inicio de la alimentación complementaria antes de los 6 meses de edad sea beneficiosa o perjudicial (excepto en el caso anteriormente citado), siempre que los alimentos tengan una textura apropiada a la edad, sean adecuados nutricionalmente y preparados siguiendo las buenas prácticas de higiene, y cumplan las recomendaciones nacionales relacionadas con la alimentación (evitar la sal, azúcar o leche que no sea de fórmula).

    El desarrollo neurológico del niño determina cuándo introducir algunos alimentos complementarios:

    • Los purés y alimentos con cuchara se pueden incluir entre los 3 y 4 meses de edad, que es cuando el bebé puede sujetar y controlar la cabeza y se reduce el reflejo de extrusión.
    • Los alimentos sólidos que pueden coger con los dedos, cuando pueden estar sentados sin ayuda, lo que suele ser a los 5-7 meses.
    • El hecho de que un bebé esté desarrollado neurológicamente antes de los 6 meses para progresar a una dieta más diversificada no implica que sea necesario introducir la alimentación complementaria antes.

    No hay razón para posponer la introducción de alimentos potencialmente alergénicos (huevo, cereales, pescado, cacahuetes) y gluten. Se pueden introducir al mismo tiempo que el resto de alimentos, ya que el retraso no influye en el riesgo de desarrollar alergias o enfermedad celíaca.

    Accede aquí a toda la información

    Generalitat de Catalunya – Departamento de Salud de Cataluña. 

    03años 2022

    Guía de la Generalitat de Catalunya para la alimentación saludable en la primera infancia. alimentación saludable en la primera infancia. 2022

    Díptico informativo alimentación en la infancia de 0-3 años. (cast)

    Preguntas frecuentes sobre alimentación de niños de 0 a 3 años. Cataluña. 2017 (cat)

     

    Guía Dirección General de Salud Pública 

    La Dirección General de Salud Pública ha publicado, con el asesoramiento del CODNIB, una recomendaciones básicas para la planificación de la alimentación en escualas infantiles – escoletas para niños de 0 a 3 años.

    0 3 años

    Accede aquí al documento completo. 

    consejos comedores gencat 2016

    Acompañar las comidas de los niños – Recomendaciones para comedores escolares y familias 2016 

    24 de agosto de 2012

    Captura rr

    Desde las últimas recomendaciones publicadas por AESAN en el año 2011, nuevos datos de publicaciones científicas y estudios han venido señalando que las concentraciones de mercurio en la población española se muestran más elevadas que las referidas a otros países europeos. Todo ello unido a que algunos estudios de biomonitorización humana en la poblaciónhan demostrado el beneficio de modificar la dieta en favor de especies de bajo contenido en mercurio, observándose una disminución del mercurio en pelo, matriz biológica que refleja la exposición a mercurio por consumo de pescado, constatándose una disminución significativa en la exposición al mercurio por consumo de pescado cuando no se contemplan las cuatro especies objeto de la recomendación: Pez espada, Tiburón, Atún rojo (Thunnus thynnus) y Lucio. Teniendo en cuenta este escenario, se hacía necesaria la actualización de las recomendaciones ya existentes.

    De este modo con el objeto de compatibilizar los beneficios del consumo de pescado minimizando al máximo el riesgo de exposición al mercurio, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha publicado en el año 2019 nuevas recomendaciones de consumo de pescado respecto de su contenido de mercurio: 

    • Para población en general: se aconseja el consumo de hasta 3 – 4 raciones de pescado por semana, procurando en todos los casos variar las especies entre pescados blancos y azules.
    •  Para la población vulnerable se precisa de recomendaciones más estrictas específicas para  las 4 especies identificadas con un alto contenido en mercurio: Pez espada/ Emperador, Atún rojo (thunnus thynnus), Tiburón(cazón, marrajo, mielgas, pintarroja y tintorera)  y Lucio.
      • Mujeres embarazadas, que planeen llegar a estarlo o en período de lactancia y niños hasta 10 años, evitar el consumo de esas cuatro especies.
      • Niños entre 10 y 14 años limitar el consumo de esas cuatro especies a 120 gramos al mes.

    El comunicado completo aquí.

    Acceso a la infografía con recomendaciones 2019

    24 de agosto de 2009

    RECOMENDACIONES DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN

    Teniendo en cuenta las conclusiones de EFSA sobre nitratos en hortalizas, así como los hábitos de consumo y las recomendaciones de los pediatras en España, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición hace las siguientes recomendaciones de consumo con el objetivo de disminuir la exposición a nitratos en las poblaciones sensibles (bebés y niños de corta edad):

    1. Se recomienda, por precaución, no incluir las espinacas ni las acelgas en sus purés antes del primer año de vida. En caso de incluir estas verduras antes del año, procurar que el contenido de espinacas y/o acelgas no sea mayor del 20% del contenido total del puré.
    2. No dar más de una ración de espinacas y/o acelgas al día a niños entre 1 y 3 años.
    3. No dar espinacas y/o acelgas a niños que presenten infecciones bacterianas gastrointestinales.
    4. No mantener a temperatura ambiente las verduras cocinadas (enteras o en puré). Conservar en frigorífico si se van a consumir en el mismo día, si no, congelar.

    El comunicado completo aquí.

     
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