EL TSJ da la razón al CODNIB tras 4 años de contencioso

tsjb

  • EL TSJ de Baleares dicta revocar las secciones de Dietética y Nutrición autorizadas a farmacéuticos con un master
  • La sentencia obliga a la colegiación para ejercer la profesión
  • El TSJ sentencia que la función sanitaria de Dietética y Nutrición corresponde a la profesión de DN

Palma 14/10/24. La sentencia emitida el 2 de octubre por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha dado la razón al CODNIB al dictar que la única opción para abrir una sección de Dietética y Nutrición en una farmacia en Baleare, es que el titular de la misma, seas además, dietista-nutricionista y este colegiado en el CODNIB.

En 2020 el CODNIB interpuso un contencioso administrativo contra la Conselleria de Salud por la autorización de dos secciones de Dietética y Nutrición a dos farmacéuticos que aportaron un master oficial en nutrición para demostrar su competencia profesional en el área de dietética y nutrición. La Conselleria no ha autorizado desde entonces nuevas secciones a no ser que el titular de la farmacia fuera tambien dietista-nutricionista. Sin embargo, no ha revocado, hasta el momento, las dos autorizadas de forma irregular.

Esta problemática se inició en 2013 cuando el entonces DG de Farmacia emitió una circular a las farmacias de Baleares indicando que el servicio de Dietética y Nutrición solo podría ofrecerse con una autorización previa y que para ello bastaba con que los titulares de los establecimientos sanitarios hubieran cursado un master relacionado. El CODNIB inició entonces la lucha contra este agravio a la profesión que ha culminado con esta sentencia histórica.

El tribunal admite que para ejercer la función sanitaria de Dietética y Nutrición en Baleares se debe tener el título de Diplomado/Graduado en Nutrición Humana y Dietética, es decir, ser dietista-nutricionista y además, estar colegiado en el CODNIB, y que la administración debe velar por que estas condiciones se cumplan. El CODNIB ya ha solicitado reunion con el DG de Farmacia para solicitar la revocación de las autorizaciones irregulares.

La sentencia, que aún puede recurrirse ante el Tribunal Supremo, abre la puerta a inferir estos resultados a los centros sanitarios de Baleares que tienen autorizados el servicio asistencial de Dietética y Nutrición (Unidad U11), y que hasta el momento la Conselleria de Salud ha resuelto a favor de los profesionales sanitarios con un master relacionado dietética y nutrición. El CODNIB se reunirá mañana 15/10 con el DG de acreditación (de centros y servicios sanitarios) para valorar la sentencia, establecer medidas de aplicación a las nuevas consultas autorizadas y establecer un plan para aplicar la sentencia a las consultas ya autorizadas a profesionales distintos a los dietistas-nutricionistas.

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